¿Hay que declarar ante Hacienda los regalos de boda? Esta pregunta es muy habitual entre los novios, en medio de los preparativos de la celebración, y los nervios que surgen días antes de dar un paso tan importante en la vida de una persona. Los novios, además, se suelen encontrar con mucho dinero en metálico, pero también en forma de transferencia, envíos a través de Bizum o regalos físicos.

Pocas parejas de novios suelen caer en la repercusión fiscal que tienen estos regalos, pero es conveniente que se tengan en cuenta de cara a evitar sustos con Hacienda. Con la ley en la mano hay que declarar los regalos de boda a la Agencia Tributaria en el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

"Habría que presentar una declaración por este impuesto con motivo de cada uno de los regalos. En cambio, no es necesario incluirlos en la declaración de la renta. No obstante, tendrás que tener en cuenta el valor por el que lo declaraste estas donaciones para futuras declaraciones de la renta", apuntan desde ING.

¿Te has casado en 2023? Así debes hacer la declaración

Las unidades familiares que opten por la tributación conjunta tendrán derecho a la siguiente reducción:

  1. En la primera modalidad de  unidad familiar la base imponible se reducirá en 3.400 euros anuales.
  2. En la segunda modalidad de unidad familiar la base imponible se reducirá en 2.150 euros anuales. No se aplicará esta reducción cuando el contribuyente conviva con el padre o la madre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar.

Aplicación de la reducción por tributación conjunta: La reducción se aplicará, en primer lugar, a la base imponible general sin que pueda resultar negativa como consecuencia de tal minoración. El remanente, si lo hubiera, minorará la base imponible del ahorro, que tampoco podrá resultar negativa.

Calendario

El miércoles comenzaron las declaraciones por Internet, pero desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono --la solicitud de cita estará disponible desde el 29 de abril hasta el 28 de junio--.

La Administración tributaria volverá a poner en marcha el plan 'Le Llamamos', que arrancará el 7 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, manteniendo una capacidad que el pasado año permitió la presentación de más de 1.070.000 declaraciones con este sistema de asistencia telefónica personalizada.

Además, el plan especial para mayores de 65 años en pequeños municipios arrancará con las mismas fechas del plan 'Le Llamamos'. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.

Será entre el 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas --con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio--.

El plazo de presentación finalizará el 1 de julio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 26 de junio.